BASES LEGALES DEL CONCURSO “GOLAZO MAHESO”
1. EMPRESA RESPONSABLE DEL CONCURSO
La entidad mercantil GEDESCO, S.A. (en adelante, GEDESCO), con C.I.F. A-08875684 y domicilio social en Polígono Industrial La Ferreria, Avda. de la Ferreria 59-71, 08110 Montcada i Reixac (Barcelona), organiza un concurso de ámbito nacional dirigida exclusivamente a los establecimientos de hostelería adheridos a la promoción TAPEO DE SELECCIÓN.
2. PERIODO DEL CONCURSO
El periodo de participación coincidirá con el de la promoción al consumidor TAPEO DE SELECCIÓN que comenzará el 1 de junio de 2026 y finalizará el 31 de julio de 2026 a las 23:59:59 horas.
3. LEGITIMACIÓN Y ÁMBITO TERRITORIAL
Podrán participar los propietarios y/o responsables de los establecimientos de hostelería ubicados en territorio español que estén adheridos a la promoción “TAPEO DE SELECCIÓN” y cuenten con el material publicitario correspondiente.
4. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y SISTEMA DE PUNTOS
Registro: Los comerciales de GEDESCO, comunicarán el concurso a sus clientes y los registrarán en el formulario web www.golazomaheso.es, introduciendo el nombre del establecimiento, el CIF que aparece en el ticket o factura, así como el nombre y correo electrónico del responsable participante en el Concurso. De igual manera, el comercial deberá indicar su nombre completo, e-mail y DNI que quedará asociado a los resultados de los establecimientos gestionados en el presente concurso.
Adicionalmente, entregará el material de comunicación de la promoción TAPEO DE SELECCIÓN, que deberá colocar en el establecimiento y que está compuesto por:
Cartelería
Cartas Triangulares
Folder
Generación de puntos: Por cada participación válida que realice un cliente de un establecimiento adherido a la promoción TAPEO DE SELECCIÓN, vinculada a un ticket o factura emitido por el establecimiento, este sumará un (1) punto en el ranking general. Siendo necesario haber sumado al menos 5 puntos, para empezar a computar en dicho ranking.
Validación: Solo sumarán puntos aquellas participaciones de clientes que hayan sido debidamente validadas conforme a las bases de la promoción TAPEO DE SELECCIÓN conforme a legibilidad, productos promocionados, fechas y veracidad del ticket, enumeradas en las bases legales de dicha promoción.
Consulta del Ranking: Los establecimientos podrán consultar su posición en tiempo real accediendo a la web www.golazomaheso.es e introduciendo el CIF/NIF de su establecimiento registrado.
Comunicaciones: Se ha habilitado la dirección de correo electrónico golazomaheso@im25.es como canal tanto de envío de comunicaciones relacionados con la gestión del concurso, como recepción de dudas o incidencias que necesiten comunicar los participantes en el presente concurso.
5. PREMIOS Y ADJUDICACIÓN
Se otorgarán un total de 150 premios, consistentes en un código alfanumérico canjeable por tarjeta/s regalo de una amplia oferta de comercios, hasta un importe máximo de ochenta euros (80€) cada uno. La utilización de dicho saldo, correrá a cargo del responsable o propietario del establecimiento registrado.
Criterio de asignación: Resultarán ganadores los 150 establecimientos que se encuentren en las primeras 150 posiciones del ranking al cierre del concurso (31/07/2026 a las 23:59:59).
Resolución de empates: En caso de que dos o más establecimientos tengan el mismo número de puntos, la prioridad en el ranking se determinará por el factor temporal: obtendrá la posición superior aquel establecimiento que haya alcanzado primero la puntuación total que genera el empate, teniendo en cuenta la fecha, hora, minuto y segundo de haberlo alcanzado.
6. COMUNICACIÓN Y ENTREGA
Notificación: GEDESCO enviará un e-mail a los 150 establecimientos ganadores en un plazo máximo de 10 días laborables tras la finalización, con el código canjeable por las tarjetas regalo y las instrucciones y plazos para poderlos utilizar.
Así mismo, publicará en la página web del concurso, el nombre de los 150 establecimientos ganadores.
7. RÉGIMEN FISCAL
La entrega de estos premios estará sujeta a la normativa fiscal vigente. Dado que el valor del premio por establecimiento (80 €) es inferior al umbral de retención de 300 € estipulado para premios en metálico o especie en la normativa del IRPF, no se practicará retención, sin perjuicio de las obligaciones declarativas que correspondan al perceptor en su actividad económica.
8. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y FRAUDE
Queda estrictamente prohibido que los propietarios o empleados de los establecimientos participen como consumidores finales utilizando tickets de su propio local.
Cualquier indicio de participación fraudulenta (creación de tickets falsos, duplicados o participaciones masivas orquestadas por el establecimiento) conllevará la descalificación inmediata del establecimiento del ranking y la pérdida de cualquier derecho a premio.
La decisión de GEDESCO sobre la validez de los puntos y la posición final en el ranking será soberana e inapelable.
9. PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos de los titulares de los establecimientos serán tratados por GEDESCO, S.A. con la finalidad de gestionar el concurso y la entrega de los premios, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
10. LEGISLACIÓN Y FUERO
La presente concurso se rige por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.
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